Son las personas que han solicitado el asilo o protección internacional, pero que aún no han recibido una respuesta definitiva sobre su caso por parte de las autoridades competentes, por lo tanto, no han sido todavía reconocidas legalmente como refugiadas La seguridad que se les concede con el derecho de asilo y de protección subsidiaria consiste en la no devolución ni expulsión de las personas a quienes se les haya reconocido, así como en la adopción de las medidas contempladas en la normativa española, la de la Unión Europea y en los Convenios internacionales ratificados por España.